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Expte. Nº 16.737 - "Diorio Pascual c/ PEN y otros s/amparo" – CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA – 04/07/2013
MONEDA EXTRANJERA. PERCEPCIÓN DE JUBILACIÓN ITALIANA EN LA MONEDA DE ORIGEN (EURO). Restricciones cambiarias. Inaplicabilidad. Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Italiana, ratificado por la ley 22.861. Beneficio que paga el gobierno de Italia con fondos propios en moneda de curso legal de dicho país. Ausencia de afectación de las reservas monetarias argentinas. Art. 31 de la CN. Integridad del beneficio previsional. Afectación de la garantía de usar y disponer libremente de la propiedad. ACCIÓN DE AMPARO. Cuestión de derecho que no requiere mayor amplitud de debate y prueba
Citar: elDial.com - AA8099
Publicado el 05/08/2013
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Términos mencionados en este fallo: moneda, convenio, gobierno, social, seguridad, república, italiana, amparo, extranjera, restricciones.